VISTO:
Que el Departamento Ejecutivo plantea la prorroga, por siete años, del contrato de concesión del Servicio de Aguas y Cloacas a la empresa Aguas de Balcarce SA, mediante el expediente: “D.E.-Pto. Ordenanza, prorroga Contrato de Concesión celebrado con Aguas de Balcarce S.A” Nª 99 del año 2014 y
CONSIDERANDO:
Que el servicio de aguas y cloacas es un servicio esencial para los vecinos de la ciudad de Balcarce.-
Que por la importancia del tema a tratar, merece escuchar las voces de todos los actores sociales interesados en el servicio de aguas y cloacas.-
Que es necesario buscar nuevos canales de participación ciudadana en la toma de decisiones de gobierno.-
Que nuestra comunidad tiene una creciente preocupación por la prestación de los servicios públicos de nuestra ciudad.-
Que hay que crear ámbitos de consenso donde confluyan diferentes opiniones, técnicas y políticas que enriquezcan las decisiones y fortalezcan las instituciones que se verán legitimadas en su acción.-
Que eL Decreto N° 55/07 incorpora al Reglamento interno del Honorable Concejo Deliberante el art. 67 bis, el que faculta al cuerpo a convocar a Audiencias Públicas en los términos de la Ley Provincial N° 13.569.-
Que el art. 67 bis del Reglamento interno del HCD establece que será obligación la convocatoria a Audiencia Pública a través de la Presidencia cuando el asunto sometido a aprobación se trate de la Concesión de un Servicio Público Municipal, la modificación del Contrato de Concesión, su prorroga …
POR ELLO: El Honorable Concejo Deliberante del partido de Balcarce, en uso de sus atribuciones, sanciona el siguiente:
DECRETO
Articulo 1: Convocase en el ámbito del Honorable Concejo Deliberante a Audiencia Publica a los efectos del tratamiento de la prorroga del contrato de Concesión de Aguas de Balcarce S.A. en los términos planteados en el Expte. “D.E.-Pto. Ordenanza, prorroga Contrato de Concesión celebrado con Aguas de Balcarce S.A” Nª 99 del año 2014. y/o proyectos alternativos para la prestación del servicio de Aguas y Cloacas en la ciudad de Balcarce.-
Articulo 2: Se establece como fecha de celebración de la Audiencia Publica el día 16 de junio de 2014 a las 19:00 hs en el Honorable Concejo Deliberante.-
Artículo 3: Se establece la Secretaria del Honorable Concejo Deliberante como dependencia pública para tomar vista del expediente, para inscribirse como participante de la Audiencia, presentar documentación y efectuar las consultas pertinentes.-
Artículo 4: Los participantes de la Audiencia Publica deberán inscribirse con diez días de anticipación venciendo la inscripción el día 13 de junio de 2014 a las 12 hs..-
Articulo 5: La Audiencia pública será presidida por el Presidente del Honorable Concejo Deliberante.-
Artículo 6: Procédase a la publicación por tres días en los medios locales de comunicación.-
Artículo 7: Cúmplase, comuníquese, regístrese y publíquese.-
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